Artículo 11 de la Ley Orgánica 5/2000 de responsabilidad penal de los menores: Pluralidad de infracciones
Con infracciones conexas, continuadas o un solo hecho con varias infracciones se respetan los límites de los artículos 9 y 10.1; si alguna es del 10.2, el internamiento cerrado puede llegar a diez o seis años. Está en Título II. De las medidas.
Texto oficial vigente
1. Los límites máximos establecidos en el artículo 9 y en el apartado 1 del artículo 10 serán aplicables, con arreglo a los criterios establecidos en el artículo 7, apartados 3 y 4, aunque el menor fuere responsable de dos o más infracciones, en el caso de que éstas sean conexas o se trate de una infracción continuada, así como cuando un sólo hecho constituya dos o más infracciones. No obstante, en estos casos, el Juez, para determinar la medida o medidas a imponer, así como su duración, deberá tener en cuenta, además del interés del menor, la naturaleza y el número de las infracciones, tomando como referencia la más grave de todas ellas. Si pese a lo dispuesto en el artículo 20.1 de esta Ley dichas infracciones hubiesen sido objeto de diferentes procedimientos, el último Juez sentenciador señalará la medida o medidas que debe cumplir el menor por el conjunto de los hechos, dentro de los límites y con arreglo a los criterios expresados en el párrafo anterior.
2. Cuando alguno o algunos de los hechos a los que se refiere el apartado anterior fueren de los mencionados en el artículo 10.2 de esta Ley, la medida de internamiento en régimen cerrado podrá alcanzar una duración máxima de diez años para los mayores de dieciséis años y de seis años para los menores de esa edad, sin perjuicio de la medida de libertad vigilada que, de forma complementaria, corresponda imponer con arreglo a dicho artículo.
3. Cuando el menor hubiere cometido dos o más infracciones no comprendidas en el apartado 1 de este artículo será de aplicación lo dispuesto en el artículo 47 de la presente Ley.
Reformas que recoge el BOE:
- Se modifica por el art. único.7 de la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre. .
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 5/3/2026.
Qué significa
Cuando un menor responde de varias infracciones conexas, de una infracción continuada o de un solo hecho que constituye varias infracciones, no se suman las medidas sin más: siguen valiendo los límites máximos del artículo 9 y del apartado 1 del artículo 10. Dentro de ellos, el Juez tiene en cuenta el interés del menor, la naturaleza y el número de infracciones y toma como referencia la más grave.
Si esas infracciones se tramitaron en procedimientos distintos, el último Juez sentenciador fija la medida o medidas por el conjunto de los hechos, con los mismos límites y criterios.
El apartado 2 eleva los techos cuando alguno de los hechos es de los del artículo 10.2: el internamiento cerrado puede alcanzar diez años para los mayores de dieciséis y seis años para los menores de esa edad, más la libertad vigilada complementaria. Las cifras de diez y seis años son exclusivas de este artículo y se confunden con los ocho y cinco del artículo 10.2. Las infracciones no conexas se rigen por la refundición del artículo 47.
Lo que tienes que saber
- Infracciones conexas, continuadas o concurso: límites de los arts. 9 y 10.1.
- Referencia: la infracción más grave.
- Con algún hecho del art. 10.2: hasta 10 años (mayores de 16) y 6 años (menores de 16).
- Infracciones no conexas: artículo 47.
En el examen de Guardia Civil
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- Este artículo cita: artículo 9 (Régimen general de aplicación y duración), artículo 10 (Reglas especiales de duración), artículo 7 (Catálogo de medidas), artículo 20 (Unidad de expediente).
- Lo citan: artículo 7 (Catálogo de medidas).
- Anterior: artículo 10 (Reglas especiales de duración).
- Siguiente: artículo 13 (Modificación de la medida impuesta).
- En la misma parte (Título II): artículo 7 (Catálogo de medidas), artículo 8 (Principio acusatorio), artículo 9 (Régimen general de aplicación y duración), artículo 14 (Mayoría de edad del condenado), artículo 15 (Prescripción).
Entra en el tema 20 del temario (Responsabilidad penal de los menores (LO 5/2000)). Qué cae del tema 20 en el examen.
Test del tema 20Índice de la Ley Orgánica 5/2000 de responsabilidad penal de los menores · Título II. De las medidas
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.