Artículo 47 de la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres: Transparencia en la implantación del plan
La representación legal de los trabajadores, o en su defecto los propios trabajadores, tiene garantizado el acceso a la información sobre el contenido de los planes de igualdad y el logro de sus objetivos. Está en Título IV. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades · Capítulo III. Los planes de igualdad de las empresas y otras medidas de promoción de la igualdad.
Texto oficial vigente
Se garantiza el acceso de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras o, en su defecto, de los propios trabajadores y trabajadoras, a la información sobre el contenido de los Planes de igualdad y la consecución de sus objetivos.
Lo previsto en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio del seguimiento de la evolución de los acuerdos sobre planes de igualdad por parte de las comisiones paritarias de los convenios colectivos a las que éstos atribuyan estas competencias.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 19/12/2025.
Qué significa
Un plan de igualdad sirve de poco si la plantilla no puede comprobar qué dice ni si se cumple. Por eso el artículo garantiza el acceso a dos tipos de información: el contenido de los planes de igualdad y la consecución de sus objetivos. No basta con conocer el texto; también hay que poder saber cómo va su aplicación.
El titular del derecho es la representación legal de los trabajadores y trabajadoras. Cuando no existe representación, por ejemplo en una empresa pequeña sin comité ni delegados, el derecho pasa a los propios trabajadores y trabajadoras. Así nadie queda sin acceso por falta de representantes.
El segundo párrafo aclara que esto no impide el seguimiento de los acuerdos sobre planes de igualdad por parte de las comisiones paritarias de los convenios colectivos, cuando los convenios les atribuyan esa competencia. Es decir, la transparencia hacia la plantilla convive con el control que pueda hacer la comisión paritaria del convenio.
Lo que tienes que saber
- Acceso al contenido del plan y a la consecución de sus objetivos.
- Titular: la representación legal de los trabajadores.
- En su defecto, los propios trabajadores.
- Compatible con el seguimiento de las comisiones paritarias del convenio.
En el examen de Guardia Civil
En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la LO 3/2007 han caído 22 en total.
Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.
Artículos relacionados
- Anterior: artículo 46 (Concepto y contenido de los planes de igualdad).
- Siguiente: artículo 48 (Prevención de conductas contra la libertad sexual en el trabajo).
- En la misma parte (Capítulo III): artículo 45 (Elaboración y aplicación de los planes de igualdad), artículo 49 (Apoyo a los planes de igualdad voluntarios).
Entra en el tema 2 del temario (Igualdad efectiva de mujeres y hombres (LO 3/2007)). Qué cae del tema 2 en el examen.
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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.