Artículo 36 de la Constitución Española: Colegios profesionales
La ley regula el régimen de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas; su estructura interna y funcionamiento deben ser democráticos. Está en Título I. De los derechos y deberes fundamentales · Capítulo segundo. Derechos y libertades · Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos.
Texto oficial vigente
La ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 20/5/2026.
Qué significa
El artículo 36 encarga a la ley regular dos cosas: las peculiaridades del régimen jurídico de los Colegios Profesionales (de abogados, médicos, arquitectos…) y el ejercicio de las profesiones tituladas, es decir, las que exigen un título para ejercerse.
Al igual que los partidos, los sindicatos y las asociaciones empresariales de los artículos 6 y 7, a los Colegios se les exige que su estructura interna y su funcionamiento sean democráticos. La misma exigencia aparece en el artículo 52 para las organizaciones profesionales. Es una frase que se repite en varios artículos y conviene reconocerla.
Relaciónalo con el artículo 26, que prohíbe los Tribunales de Honor en las organizaciones profesionales: un colegio puede tener un régimen disciplinario según su ley, pero no un tribunal que juzgue el honor de sus miembros. Como el resto de la Sección 2.ª, su protección es la del artículo 53.1 y no tiene recurso de amparo.
Lo que tienes que saber
- La ley regulará el régimen jurídico de los Colegios Profesionales.
- También el ejercicio de las profesiones tituladas.
- Estructura interna y funcionamiento de los Colegios: democráticos.
En el examen de Guardia Civil
En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la Constitución han caído 70 en total.
Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.
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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.