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Artículo 66 de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género: Suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación con los menores

El juez ordenará la suspensión del régimen de visitas del inculpado con los menores, salvo que el interés superior del menor aconseje no hacerlo. Está en Título V. Tutela Judicial · Capítulo IV. Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas.

Texto oficial vigente

El Juez ordenará la suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del inculpado por violencia de género respecto de los menores que dependan de él. Si, en interés superior del menor, no acordara la suspensión, el Juez deberá pronunciarse en todo caso sobre la forma en que se ejercerá el régimen de estancia, relación o comunicación del inculpado por violencia de género respecto de los menores que dependan del mismo. Asimismo, adoptará las medidas necesarias para garantizar la seguridad, integridad y recuperación de los menores y de la mujer, a través de servicios de atención especializada, y realizará un seguimiento periódico de su evolución, en coordinación con dichos servicios.

Reformas que recoge el BOE:

Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 10/7/2026.

Qué significa

Este artículo tiene una redacción más fuerte que la del anterior. El juez ordenará la suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del inculpado por violencia de género con los menores que dependan de él. La regla general, por tanto, es suspender las visitas.

Solo puede apartarse de esa regla en interés superior del menor. Y si no acuerda la suspensión, debe pronunciarse en todo caso sobre la forma en que se ejercerá el régimen de estancia, relación o comunicación. Es decir, mantener las visitas exige una decisión expresa y motivada en el interés del menor, no basta con no decir nada.

Además, el juez adopta las medidas necesarias para la seguridad, integridad y recuperación de los menores y de la mujer a través de servicios de atención especializada, y hace un seguimiento periódico en coordinación con esos servicios. Esa mención a los servicios especializados es lo que diferencia el texto del 66 frente al 65, junto con el verbo: ordenará frente a podrá.

Lo que tienes que saber

En el examen de Guardia Civil

En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la LO 1/2004 han caído 12 en total.

Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.

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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.