Capítulo III de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana: Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana (artículos 14 a 24)
El Capítulo III, artículos 14 a 24, regula las actuaciones concretas de los agentes para mantener y restablecer la seguridad ciudadana, y es el más práctico de la ley. La Sección 1.ª (14 a 22) contiene las potestades generales de policía de seguridad: órdenes y prohibiciones, entrada en domicilio y en edificios oficiales, identificación de personas (con el límite de seis horas en dependencias), restricción del tránsito y controles, comprobaciones y registros en lugares públicos, reglas comunes a esas diligencias, registros corporales externos, medidas de seguridad extraordinarias y uso de videocámaras. La Sección 2.ª (23 y 24) regula la protección y, en su caso, la disolución de reuniones y manifestaciones, con la regla de que la disolución es el último recurso, y la colaboración entre cuerpos. Cada artículo de este capítulo fija límites que un agente debe conocer de memoria.
En el examen de Guardia Civil
De las 27 preguntas de la LO 4/2015 en los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025, 8 salen de este capítulo: en 2021 (2), 2022 (3), 2023, 2024 y 2025.
La pregunta del examen de 2025
Del examen oficial de 2025, gratis en GuardiaOpo, con la respuesta de la plantilla oficial:
Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana. Medidas de seguridad extraordinarias. Señale la opción INCORRECTA.
- Entre ellas se encuentra la entrada y registro en domicilios.
- Podrán adoptarse en determinados casos incluso mediante órdenes verbales.
- Podrán adoptarse en situaciones de emergencia que las hagan imprescindibles.
- Podrán adoptarse durante el tiempo estrictamente necesario para garantizar la seguridad ciudadana.
Respuesta de la plantilla oficial
a) Entre ellas se encuentra la entrada y registro en domicilios.
Las de 2021 a 2024 se hacen en los exámenes oficiales completos de la app (Premium).
Sección 1.ª Potestades generales de policía de seguridad
- Artículo 14. Órdenes y prohibiciones: Las autoridades competentes pueden dictar las órdenes y prohibiciones y disponer las actuaciones policiales estrictamente necesarias para los fines de la ley, mediante resolución debidamente motivada.
- Artículo 15. Entrada y registro en domicilio y edificios oficiales: Los agentes solo pueden entrar en un domicilio en los casos de la Constitución y las leyes; es causa legítima evitar daños inminentes y graves en catástrofes o ruina; en edificios oficiales no hace falta consentimiento.
- Artículo 16. Identificación de personas: Los agentes pueden requerir la identificación si hay indicios de participación en una infracción o es razonablemente necesario para prevenir un delito; si no es posible, pueden llevar a dependencias policiales un máximo de seis horas. (2 preguntas en los exámenes)
- Artículo 17. Restricción del tránsito y controles en vías públicas: Los agentes pueden restringir la circulación y crear zonas de seguridad ante alteraciones o indicios de ellas, y establecer controles para prevenir delitos graves o generadores de alarma social y detener a sus autores. (1 pregunta en los exámenes)
- Artículo 18. Comprobaciones y registros en lugares públicos: Los agentes pueden comprobar personas, bienes y vehículos para impedir que se porten ilegalmente armas, explosivos u objetos peligrosos si hay indicios, y ocupar temporalmente medios de agresión, incluso armas con licencia. (1 pregunta en los exámenes)
- Artículo 19. Disposiciones comunes a identificación, registro y comprobación: Las diligencias de identificación, registro y comprobación no tienen las formalidades de la detención; las aprehensiones se reflejan en un acta firmada por el interesado, que goza de presunción de veracidad.
- Artículo 20. Registros corporales externos: El registro corporal externo y superficial procede ante indicios racionales; salvo urgencia lo hace un agente del mismo sexo y en lugar reservado si hay que descubrir partes cubiertas; puede hacerse contra la voluntad del afectado. (1 pregunta en los exámenes)
- Artículo 21. Medidas de seguridad extraordinarias: En emergencias, las autoridades pueden acordar cierre o desalojo de locales, prohibición de paso, evacuación de inmuebles o depósito de explosivos; si la urgencia lo exige, los agentes pueden adoptarlas incluso con órdenes verbales. (2 preguntas en los exámenes)
- Artículo 22. Uso de videocámaras: La autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden grabar personas, lugares u objetos con cámaras de videovigilancia fijas o móviles legalmente autorizadas, según la legislación vigente.
Sección 2.ª Mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana en reuniones y manifestaciones
- Artículo 23. Reuniones y manifestaciones: Las autoridades protegen las reuniones y manifestaciones y pueden disolverlas en los supuestos de la LO 9/1983; las medidas son graduales y proporcionadas, la disolución es el último recurso y se avisa antes salvo violencia con armas u objetos peligrosos. (1 pregunta en los exámenes)
- Artículo 24. Colaboración entre cuerpos en reuniones y manifestaciones: En la protección y disolución de reuniones y manifestaciones, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad colaboran mutuamente en los términos de su ley orgánica reguladora.
Entra en el tema 13 del temario (Seguridad ciudadana y seguridad privada). Qué cae del tema 13 en el examen · las preguntas de la LO 4/2015 año a año.
Test del tema 13Otras partes: Capítulo I · Capítulo II · Capítulo IV · Capítulo V. Índice de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana.
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