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Artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana: Infracciones muy graves

Son muy graves las reuniones no comunicadas o prohibidas e intrusiones en instalaciones de servicios básicos con riesgo para la vida, las irregularidades con armas y explosivos con perjuicios muy graves, los espectáculos prohibidos y deslumbrar a pilotos o conductores. Está en Capítulo V. Régimen sancionador · Sección 2.ª Infracciones y sanciones.

Texto oficial vigente

Son infracciones muy graves:

1. Las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad o en sus inmediaciones, así como la intrusión en los recintos de éstas, incluido su sobrevuelo, cuando, en cualquiera de estos supuestos, se haya generado un riesgo para la vida o la integridad física de las personas.

En el caso de las reuniones y manifestaciones serán responsables los organizadores o promotores.

2. La fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, distribución, adquisición, certificación, enajenación o utilización de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos, incumpliendo la normativa de aplicación, careciendo de la documentación o autorización requeridas o excediendo los límites autorizados cuando tales conductas no sean constitutivas de delito así como la omisión, insuficiencia, o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias, siempre que en tales actuaciones se causen perjuicios muy graves.

3. La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública.

4. La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre los pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraer su atención y provocar accidentes.

Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 19/12/2025.

Qué significa

El artículo 35 enumera solo cuatro infracciones muy graves. La primera: las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones donde se prestan servicios básicos para la comunidad o en sus inmediaciones, y la intrusión en sus recintos, incluido el sobrevuelo, cuando en cualquiera de estos casos se haya generado un riesgo para la vida o la integridad física de las personas. En las reuniones responden los organizadores o promotores.

La segunda: la fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, distribución, adquisición, certificación, enajenación o utilización de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos incumpliendo la normativa o sin la documentación o autorización exigida, cuando no sea delito, y la falta o insuficiencia de las medidas de seguridad obligatorias, siempre que se causen perjuicios muy graves. Sin esos perjuicios muy graves, la misma conducta es grave (artículo 36.12).

La tercera: celebrar espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad por razones de seguridad pública. La cuarta: proyectar haces de luz con cualquier dispositivo sobre pilotos o conductores de medios de transporte que puedan deslumbrarles o distraerles y provocar accidentes. Si el láser se proyecta sobre agentes para dificultar su trabajo, es leve (artículo 37.6).

Lo que tienes que saber

En el examen de Guardia Civil

De las 27 preguntas de la LO 4/2015 en los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025, 1 sale de este artículo: la del examen de 2022.

Las de 2021 a 2024 se hacen en los exámenes oficiales completos de la app (Premium).

Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.

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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.