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Artículo 34 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Inamovilidad en la investigación y carácter de comisionados

Los funcionarios de policía judicial no pueden ser apartados de una investigación sin decisión o autorización del juez o fiscal, y en las diligencias que les encargan actúan como comisionados de estos. Está en Título II. De las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado · Capítulo V. De la organización de Unidades de Policía Judicial.

Texto oficial vigente

1. Los funcionarios de las Unidades de Policía Judicial no podrán ser removidos o apartados de la investigación concreta que se les hubiera encomendado, hasta que finalice la misma o la fase del procedimiento judicial que la originara, si no es por decisión o con la autorización del Juez o Fiscal competente.

2. En las diligencias o actuaciones que lleven a cabo, por encargo y bajo la supervisión de los Jueces, Tribunales o Fiscales competentes de lo Penal, los funcionarios integrantes de las Unidades de Policía Judicial tendrán el carácter de comisionados de dichos Jueces, Tribunales y Fiscales, y podrán requerir el auxilio necesario de las Autoridades y, en su caso, de los particulares.

Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 17/12/2025.

Qué significa

El apartado 1 protege la investigación: los funcionarios de las Unidades de Policía Judicial no pueden ser removidos ni apartados de la investigación concreta que se les haya encomendado hasta que finalice o termine la fase del procedimiento que la originó, salvo por decisión o con la autorización del Juez o Fiscal competente. Su superior jerárquico no puede quitarles el caso por su cuenta.

El apartado 2 les da un carácter especial: en las diligencias que realicen por encargo y bajo la supervisión de los Jueces, Tribunales o Fiscales de lo Penal, tienen el carácter de comisionados de dichos jueces, tribunales y fiscales. Como comisionados, pueden requerir el auxilio necesario de las autoridades y, en su caso, de los particulares.

Es la consecuencia práctica de la dependencia funcional del artículo 31: si quien dirige la investigación es el juez o el fiscal, solo ellos pueden decidir que un agente deje de investigar. En el examen se pregunta quién puede apartar a un funcionario de una investigación y qué carácter tienen en las diligencias encargadas (comisionados).

Lo que tienes que saber

En el examen de Guardia Civil

En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la LO 2/1986 han caído 17 en total.

Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.

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Índice de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad · Título II. De las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.