Artículo 19 de la Constitución Española: Libertad de residencia y circulación
Los españoles pueden elegir libremente residencia, circular por el territorio nacional y entrar y salir de España según la ley, sin limitaciones por motivos políticos o ideológicos. Está en Título I. De los derechos y deberes fundamentales · Capítulo segundo. Derechos y libertades · Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas.
Texto oficial vigente
Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.
Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 20/5/2026.
Qué significa
El artículo 19 reconoce a los españoles dos libertades distintas. La primera, elegir libremente su residencia y circular por el territorio nacional. La segunda, entrar y salir libremente de España, pero «en los términos que la ley establezca»; por eso la ley puede regular documentos y controles, como el pasaporte, que la Ley Orgánica 4/2015 de seguridad ciudadana regula en el tema 13.
El artículo termina con un límite a los límites: el derecho a entrar y salir no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos. Es una garantía pensada contra la represión por razón de las ideas.
El titular son «los españoles». La situación de los extranjeros se rige por el artículo 13, es decir, por los tratados y la ley, que en este caso es la Ley Orgánica 4/2000 de extranjería del tema 12. Fíjate también en que la libertad de circulación puede suspenderse en los estados de excepción y de sitio, según el artículo 55.1.
Lo que tienes que saber
- Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.
- Pueden entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca.
- Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
- Puede suspenderse en los estados de excepción y de sitio (artículo 55.1).
En el examen de Guardia Civil
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- Lo citan: artículo 55 (Suspensión de derechos y libertades).
- Anterior: artículo 18 (Honor, intimidad, domicilio y comunicaciones).
- Siguiente: artículo 20 (Libertad de expresión e información).
- En la misma parte (Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas): artículo 15 (Derecho a la vida y a la integridad), artículo 16 (Libertad ideológica y religiosa), artículo 17 (Derecho a la libertad y detención), artículo 21 (Derecho de reunión y manifestación), artículo 22 (Derecho de asociación), artículo 23 (Participación política y acceso a cargos públicos).
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