Artículo 162 de la Constitución Española: Legitimación ante el Tribunal Constitucional
Pueden interponer recurso de inconstitucionalidad el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores y los órganos ejecutivos y Asambleas autonómicas; el amparo, quien invoque interés legítimo, el Defensor y el Fiscal. Está en Título IX. Del Tribunal Constitucional.
Texto oficial vigente
1. Están legitimados:
a) Para interponer el recurso de inconstitucionalidad, el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.
b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
2. En los demás casos, la ley orgánica determinará las personas y órganos legitimados.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 20/5/2026.
Qué significa
El artículo 162 dice quién puede acudir al Tribunal Constitucional. Para el recurso de inconstitucionalidad están legitimados: el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, sus Asambleas. Fíjate en que es el Presidente del Gobierno y no el Gobierno, y en que no aparece el Ministerio Fiscal.
Para el recurso de amparo están legitimados toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal. Aquí sí está el Ministerio Fiscal y no están los parlamentarios ni el Presidente del Gobierno.
El Defensor del Pueblo es el único que aparece en las dos listas, lo que encaja con su función de defensa de los derechos del Título I (artículo 54). El apartado 2 remite a la ley orgánica la legitimación en los demás procesos (por ejemplo, en los conflictos de competencia). Las cifras de 50 Diputados y 50 Senadores son de las más preguntadas del Título IX.
Lo que tienes que saber
- Inconstitucionalidad: Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, 50 Diputados y 50 Senadores.
- También los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades y, en su caso, sus Asambleas.
- Amparo: toda persona natural o jurídica con interés legítimo.
- También el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
En el examen de Guardia Civil
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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.