Título VIII. Importación, exportación, tránsito y transferencia › Capítulo IV. Tránsito · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025
Artículo 136. Autorización de tránsito de origen comunitario.
El tránsito por territorio nacional, así como por aguas y espacio aéreo en que España ejerza soberanía, derecho soberano o jurisdicción y Cooperación de los productos regulados en este reglamento procedentes de países integrantes de la Unión Europea, independientemente de su destino final, necesitará ser objeto de autorización previa y quedará sometido al condicionado que en ella se fije.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.
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