Artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género: Planes de colaboración
Los poderes públicos elaboran planes de colaboración y protocolos que coordinan la sanidad, la Justicia, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los servicios sociales. Está en Título III. Tutela Institucional.
Texto oficial vigente
1. Los poderes públicos elaborarán planes de colaboración que garanticen la ordenación de sus actuaciones en la prevención, asistencia y persecución de los actos de violencia de género, que deberán implicar a las administraciones sanitarias, la Administración de Justicia, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los servicios sociales y organismos de igualdad.
2. En desarrollo de dichos planes, se articularán protocolos de actuación que determinen los procedimientos que aseguren una actuación global e integral de las distintas administraciones y servicios implicados, y que garanticen la actividad probatoria en los procesos que se sigan.
3. Las administraciones con competencias sanitarias promoverán la aplicación, permanente actualización y difusión de protocolos que contengan pautas uniformes de actuación sanitaria, tanto en el ámbito público como privado, y en especial, del Protocolo aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Tales protocolos impulsarán las actividades de prevención, detección precoz e intervención continuada con la mujer sometida a violencia de género o en riesgo de padecerla.
Los protocolos, además de referirse a los procedimientos a seguir, harán referencia expresa a las relaciones con la Administración de Justicia, en aquellos casos en que exista constatación o sospecha fundada de daños físicos o psíquicos ocasionados por estas agresiones o abusos.
4. En las actuaciones previstas en este artículo se considerará de forma especial la situación de las mujeres que, por sus circunstancias personales y sociales puedan tener mayor riesgo de sufrir la violencia de género o mayores dificultades para acceder a los servicios previstos en esta ley, tales como las pertenecientes a minorías, las inmigrantes, las que se encuentran en situación de exclusión social, las mujeres con discapacidad, las mujeres mayores o aquellas que viven en el ámbito rural.
Reformas que recoge el BOE:
- Se modifica, con efectos desde el 7 de octubre de 2022, por la disposición final 9.11 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. #df-9
- Redactados los apartados 1 y 3 conforme a la corrección de errores del BOE núm. 87, del 12 de abril de 2005.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 10/7/2026.
Qué significa
La violencia de género la atienden muchos actores a la vez y este artículo intenta que no trabajen cada uno por su lado. Los poderes públicos elaboran planes de colaboración para la prevención, asistencia y persecución, que deben implicar a las administraciones sanitarias, la Administración de Justicia, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los servicios sociales y organismos de igualdad.
Esos planes se desarrollan mediante protocolos de actuación que fijen procedimientos para una actuación global e integral y que garanticen la actividad probatoria en los procesos. Este último matiz importa para la labor policial: la coordinación sirve también para que la prueba llegue en condiciones al juicio.
En el ámbito sanitario se promueven protocolos con pautas uniformes, en el sector público y en el privado, en especial el aprobado por el Consejo Interterritorial, que deben referirse a la relación con la Justicia cuando haya constatación o sospecha fundada de daños. El apartado 4 pide atender especialmente a mujeres con más riesgo o dificultades: minorías, inmigrantes, excluidas, con discapacidad, mayores o del ámbito rural.
Lo que tienes que saber
- Implican a sanidad, Justicia, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, servicios sociales y organismos de igualdad.
- Se desarrollan mediante protocolos de actuación.
- Los protocolos garantizan la actividad probatoria en los procesos.
- Protocolos sanitarios uniformes para el ámbito público y privado.
- Atención especial a inmigrantes, minorías, discapacidad, mayores y medio rural.
En el examen de Guardia Civil
En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la LO 1/2004 han caído 12 en total.
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Artículos relacionados
- Anterior: artículo 31 (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).
- Siguiente: artículo 43 (Organización territorial de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer).
- En la misma parte (Título III): artículo 29 (La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género), artículo 30 (Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer).
Entra en el tema 21 del temario (Protección integral contra la violencia de género (LO 1/2004)). Qué cae del tema 21 en el examen.
Test del tema 21Índice de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género · Título III. Tutela Institucional
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.