Artículo 30 de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género: Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer
Órgano colegiado de asesoramiento, evaluación, estudios y propuestas que remite cada año al Gobierno y a las Comunidades Autónomas un informe sobre la evolución de la violencia. Está en Título III. Tutela Institucional.
Texto oficial vigente
1. Se constituirá el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, como órgano colegiado adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, al que corresponderá el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes y estudios, y propuestas de actuación en materia de violencia de género. Estos informes, estudios y propuestas considerarán de forma especial la situación de las mujeres con mayor riesgo de sufrir violencia de género o con mayores dificultades para acceder a los servicios. En cualquier caso, los datos contenidos en dichos informes, estudios y propuestas se consignarán desagregados por sexo.
2. El Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer remitirá al Gobierno y a las Comunidades Autónomas, con periodicidad anual, un informe sobre la evolución de la violencia ejercida sobre la mujer en los términos a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, con determinación de los tipos penales que se hayan aplicado, y de la efectividad de las medidas acordadas para la protección de las víctimas. El informe destacará asimismo las necesidades de reforma legal con objeto de garantizar que la aplicación de las medidas de protección adoptadas puedan asegurar el máximo nivel de tutela para las mujeres.
3. Reglamentariamente se determinarán sus funciones, su régimen de funcionamiento y su composición, en la que se garantizará, en todo caso, la participación de las Comunidades Autónomas, las entidades locales, los agentes sociales, las asociaciones de consumidores y usuarios, y las organizaciones de mujeres con implantación en todo el territorio del Estado así como de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 10/7/2026.
Qué significa
El Observatorio es un órgano colegiado que, según el texto del artículo, se adscribe al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Sus tareas son el asesoramiento, la evaluación, la colaboración institucional, la elaboración de informes y estudios y las propuestas de actuación. Debe atender especialmente a las mujeres con mayor riesgo o con más dificultades de acceso a los servicios, y sus datos se presentan desagregados por sexo.
Con periodicidad anual remite al Gobierno y a las Comunidades Autónomas un informe sobre la evolución de la violencia, indicando los tipos penales aplicados y la efectividad de las medidas de protección, y señalando las reformas legales necesarias. Ojo: el destinatario no son las Cortes Generales, a las que va el informe del Plan Estatal del artículo 3.
Sus funciones, funcionamiento y composición se fijan por reglamento, pero la ley garantiza la participación de las Comunidades Autónomas, las entidades locales, los agentes sociales, las asociaciones de consumidores y usuarios, las organizaciones de mujeres de ámbito estatal y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.
Lo que tienes que saber
- Órgano colegiado de asesoramiento, evaluación, estudios y propuestas.
- Informe anual al Gobierno y a las Comunidades Autónomas.
- El informe recoge tipos penales aplicados y efectividad de las medidas.
- Datos desagregados por sexo.
- Composición por reglamento, con participación garantizada de CCAA y agentes sociales.
En el examen de Guardia Civil
De las 12 preguntas de la LO 1/2004 en los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025, 3 salen de este artículo: en 2024 y 2025 (2).
Las 2 preguntas del examen de 2025
Del examen oficial de 2025, gratis en GuardiaOpo, con la respuesta de la plantilla oficial:
Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. ¿Con qué periodicidad el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer remitirá al Gobierno y a las Comunidades Autónomas un informe sobre la evolución de la violencia ejercida sobre la mujer en los términos a los que se refiere el objeto de esta Ley?
- Mensual.
- Trimestral.
- Anual.
- Bienal.
Respuesta de la plantilla oficial
c) Anual.
Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. En la composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer se garantizará, en todo caso, la participación de…:
- Cualquiera de las organizaciones empresariales y sindicales.
- Las organizaciones de mujeres con implantación en todo el territorio de una Comunidad Autónoma.
- Las asociaciones de consumidores y usuarios.
- Son correctas las opciones a) y c).
Respuesta de la plantilla oficial
c) Las asociaciones de consumidores y usuarios.
Las de 2021 a 2024 se hacen en los exámenes oficiales completos de la app (Premium).
Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.
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Entra en el tema 21 del temario (Protección integral contra la violencia de género (LO 1/2004)). Qué cae del tema 21 en el examen.
Test del tema 21Índice de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género · Título III. Tutela Institucional
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.