Artículo 42 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Ámbito territorial de las policías autonómicas
Las policías autonómicas solo actúan en su comunidad, salvo emergencias a requerimiento estatal; fuera de ella pueden proteger a sus autoridades con autorización del Ministerio del Interior. Está en Título III. De las Policías de las Comunidades Autónomas · Capítulo III. Del régimen estatutario de las Policías de las Comunidades Autónomas.
Texto oficial vigente
Los cuerpos de policía de las comunidades autónomas sólo podrán actuar en el ámbito territorial de la comunidad autónoma respectiva, salvo en situaciones de emergencia, previo requerimiento de las autoridades estatales.
No obstante, cuando ejerzan funciones de protección de autoridades públicas de la comunidad autónoma, podrán actuar fuera del ámbito territorial respectivo, previa autorización del Ministerio del Interior y, cuando proceda, comunicación al órgano de gobierno de la comunidad autónoma correspondiente, con las condiciones y requisitos que se determinen reglamentariamente.
Reformas que recoge el BOE:
- Se modifica por el art. 2 de la Ley Orgánica 1/2003, de 10 de marzo.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 17/12/2025.
Qué significa
El artículo 42, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2003 según el BOE, fija la regla territorial: los cuerpos de policía de las comunidades autónomas solo pueden actuar en el ámbito territorial de su comunidad.
Hay dos excepciones. La primera, las situaciones de emergencia, previo requerimiento de las autoridades estatales. La segunda, cuando ejerzan funciones de protección de autoridades públicas de su comunidad autónoma: pueden actuar fuera de su territorio previa autorización del Ministerio del Interior y, cuando proceda, comunicación al órgano de gobierno de la comunidad correspondiente, con las condiciones que se fijen reglamentariamente. Así, un escolta de la policía autonómica puede acompañar a su presidente en un viaje a otra comunidad.
Compáralo con el artículo 51.3, que fija una regla parecida para las policías locales: solo actúan en su municipio, salvo emergencias, y pueden salir para proteger a sus autoridades con autorización del Ministerio del Interior o de la comunidad con policía propia. En el examen se pregunta quién autoriza la actuación fuera del territorio (el Ministerio del Interior).
Lo que tienes que saber
- Solo pueden actuar en el ámbito territorial de su comunidad autónoma.
- Excepción: situaciones de emergencia, previo requerimiento de las autoridades estatales.
- Protección de sus autoridades fuera del territorio: autorización previa del Ministerio del Interior.
- Redacción dada por la Ley Orgánica 1/2003.
En el examen de Guardia Civil
De las 17 preguntas de la LO 2/1986 en los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025, 1 sale de este artículo: la del examen de 2022.
Las de 2021 a 2024 se hacen en los exámenes oficiales completos de la app (Premium).
Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.
Artículos relacionados
- Anterior: artículo 41 (Creación y naturaleza de las policías autonómicas).
- Siguiente: artículo 43 (Mandos de las policías autonómicas).
- En la misma parte (Capítulo III): artículo 40 (Régimen estatutario de las policías autonómicas), artículo 44 (Selección y formación de las policías autonómicas).
Entra en el tema 15 del temario (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; personal, estructura e historia de la Guardia Civil). Qué cae del tema 15 en el examen · las preguntas de la LO 2/1986 año a año.
Test del tema 15Índice de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad · Título III. De las Policías de las Comunidades Autónomas
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.