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Artículo 39 de la Constitución Española: Protección de la familia y de los hijos

Los poderes públicos protegen social, económica y jurídicamente a la familia, y de forma integral a los hijos, iguales con independencia de su filiación, y a las madres. Está en Título I. De los derechos y deberes fundamentales · Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica.

Texto oficial vigente

1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 20/5/2026.

Qué significa

El artículo 39 abre el Capítulo tercero, el de los principios rectores de la política social y económica. No reconoce derechos que se puedan reclamar directamente ante un juez, sino mandatos a los poderes públicos. El primero: asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia.

El apartado 2 añade la protección integral de los hijos, que son iguales ante la ley con independencia de su filiación (no importa si nacen dentro o fuera del matrimonio), y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. Y permite la investigación de la paternidad. El apartado 3 impone a los padres el deber de prestar asistencia de todo orden a sus hijos, habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

El apartado 4 remite a los acuerdos internacionales que velan por los derechos de los niños. Recuerda el valor de todo este capítulo según el artículo 53.3: informa la legislación, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, y solo puede alegarse ante los tribunales según las leyes que lo desarrollen.

Lo que tienes que saber

En el examen de Guardia Civil

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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.