Título I de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género: Medidas de sensibilización, prevención y detección (artículos 3 a 15)
El Título I, artículos 3 a 16, reúne las medidas de sensibilización, prevención y detección, es decir, todo lo que se hace antes de que la violencia llegue a producirse o para descubrirla pronto. Abre con el Plan Estatal de Sensibilización y Prevención, permanente y controlado por una Comisión que se crea en un mes (3). El capítulo I, educativo, fija los fines de igualdad en cada etapa, desde Infantil hasta la Universidad (4), garantiza la escolarización inmediata de los hijos que cambian de residencia (5), pide materiales sin estereotipos (6), formación del profesorado (7), papel de los Consejos Escolares (8) y vigilancia de la inspección (9). El capítulo II declara ilícita la publicidad vejatoria (10), enumera quién puede pedir su cese (12) y fija deberes de los medios (11, 13 y 14). El capítulo III, sanitario, impulsa la detección precoz y la formación del personal (15) y crea en un año la Comisión contra la Violencia de Género del Consejo Interterritorial (16).
En el examen de Guardia Civil
En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este título; de la LO 1/2004 han caído 12 en total.
Artículos
- Artículo 3. Planes de sensibilización: El Gobierno pone en marcha un Plan Estatal de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, permanente y controlado por una Comisión de amplia participación.
Capítulo I. En el ámbito educativo
- Artículo 4. Principios y valores del sistema educativo: El sistema educativo incluye entre sus fines la formación en igualdad y en resolución pacífica de conflictos, con un objetivo concreto para cada etapa.
Capítulo II. En el ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación
- Artículo 10. Publicidad ilícita: Es ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio, de acuerdo con la Ley General de Publicidad.
- Artículo 12. Titulares de la acción de cesación y rectificación: Enumera quién puede pedir a los tribunales el cese de la publicidad que use de forma vejatoria la imagen de la mujer.
Capítulo III. En el ámbito sanitario
- Artículo 15. Sensibilización y formación en el ámbito sanitario: Las Administraciones sanitarias, en el Consejo Interterritorial, impulsan la detección precoz de la violencia de género y la formación del personal sanitario.
Entra en el tema 21 del temario (Protección integral contra la violencia de género (LO 1/2004)). Qué cae del tema 21 en el examen.
Test del tema 21Otras partes: Título II · Título III · Título V. Índice de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género.
Texto oficial: BOE, texto consolidado. GuardiaOpo es una web privada de estudio, no oficial.