Artículo 15 de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género: Sensibilización y formación en el ámbito sanitario
Las Administraciones sanitarias, en el Consejo Interterritorial, impulsan la detección precoz de la violencia de género y la formación del personal sanitario. Está en Título I. Medidas de sensibilización, prevención y detección · Capítulo III. En el ámbito sanitario.
Texto oficial vigente
1. Las Administraciones sanitarias, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, promoverán e impulsarán actuaciones de los profesionales sanitarios para la detección precoz de la violencia de género y propondrán las medidas que estimen necesarias a fin de optimizar la contribución del sector sanitario en la lucha contra este tipo de violencia.
2. En particular, se desarrollarán programas de sensibilización y formación continuada del personal sanitario con el fin de mejorar e impulsar el diagnóstico precoz, la asistencia y la rehabilitación de la mujer en las situaciones de violencia de género a que se refiere esta Ley.
3. Las Administraciones educativas competentes asegurarán que en los ámbitos curriculares de las licenciaturas y diplomaturas, y en los programas de especialización de las profesiones sociosanitarias, se incorporen contenidos dirigidos a la capacitación para la prevención, la detección precoz, intervención y apoyo a las víctimas de esta forma de violencia.
4. En los Planes Nacionales de Salud que procedan se contemplará un apartado de prevención e intervención integral en violencia de género.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 10/7/2026.
Qué significa
El sistema sanitario es muchas veces el primer sitio donde se ve una agresión, aunque la mujer no denuncie. Por eso la ley pide a las Administraciones sanitarias, dentro del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que promuevan la actuación de los profesionales para la detección precoz y propongan medidas para que el sector sanitario contribuya más.
En concreto, se desarrollan programas de sensibilización y formación continuada del personal sanitario para mejorar el diagnóstico precoz, la asistencia y la rehabilitación de la mujer. Las Administraciones educativas, a su vez, deben incorporar en las licenciaturas, diplomaturas y programas de especialización de las profesiones sociosanitarias contenidos sobre prevención, detección precoz, intervención y apoyo a las víctimas.
Por último, los Planes Nacionales de Salud que procedan incluirán un apartado de prevención e intervención integral en violencia de género. La idea que se repite y que se pregunta es la detección precoz; y conviene recordar que el foro donde se coordinan estas actuaciones es el Consejo Interterritorial, no el Observatorio ni la Delegación del Gobierno.
Lo que tienes que saber
- Foro: el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
- Objetivo central: la detección precoz.
- Formación continuada del personal sanitario: diagnóstico precoz, asistencia y rehabilitación.
- Los Planes Nacionales de Salud incluyen un apartado de prevención e intervención integral.
En el examen de Guardia Civil
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Test del tema 21Índice de la Ley Orgánica 1/2004 de violencia de género · Título I. Medidas de sensibilización, prevención y detección
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.