Artículo 5 de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana: Autoridades y órganos competentes
El Gobierno dirige la política de seguridad ciudadana a través de Interior; son autoridades estatales el Ministro del Interior, el Secretario de Estado de Seguridad, órganos directivos, Delegados y Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares. Está en Capítulo I. Disposiciones generales.
Texto oficial vigente
1. Corresponde al Gobierno, a través del Ministerio del Interior y de los demás órganos y autoridades competentes y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a sus órdenes, la preparación, dirección y ejecución de la política en relación con la administración general de la seguridad ciudadana, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras administraciones públicas en dicha materia.
2. Son autoridades y órganos competentes en materia de seguridad ciudadana, en el ámbito de la Administración General del Estado:
a) El Ministro del Interior.
b) El Secretario de Estado de Seguridad.
c) Los titulares de los órganos directivos del Ministerio del Interior que tengan atribuida tal condición, en virtud de disposiciones legales o reglamentarias.
d) Los Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
e) Los Subdelegados del Gobierno en las provincias y los Directores Insulares.
3. Serán autoridades y órganos competentes, a los efectos de esta Ley, los correspondientes de las comunidades autónomas que hayan asumido competencias para la protección de personas y bienes y para el mantenimiento de la seguridad ciudadana y cuenten con un cuerpo de policía propio.
4. Las autoridades de las Ciudades de Ceuta y Melilla y las autoridades locales ejercerán las facultades que les corresponden, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, y la legislación de régimen local, espectáculos públicos, actividades recreativas y actividades clasificadas.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 19/12/2025.
Qué significa
El apartado 1 atribuye al Gobierno, a través del Ministerio del Interior, de los demás órganos competentes y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a sus órdenes, la preparación, dirección y ejecución de la política de administración general de la seguridad ciudadana, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones. La respuesta a quién corresponde esa política es «al Gobierno».
El apartado 2 enumera las autoridades y órganos competentes en la Administración General del Estado: el Ministro del Interior; el Secretario de Estado de Seguridad; los titulares de órganos directivos del Ministerio que tengan esa condición por norma legal o reglamentaria; los Delegados del Gobierno en las comunidades autónomas y en Ceuta y Melilla, y los Subdelegados del Gobierno en las provincias y los Directores Insulares.
El apartado 3 reconoce también como autoridades competentes a las de las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en protección de personas y bienes y mantenimiento de la seguridad ciudadana y tengan policía propia. El apartado 4 deja a las autoridades de Ceuta, Melilla y las locales las facultades que les dan la Ley Orgánica 2/1986 y la legislación de régimen local, espectáculos y actividades clasificadas.
Lo que tienes que saber
- Al Gobierno, a través del Ministerio del Interior, corresponde la política de seguridad ciudadana.
- Autoridades estatales: Ministro del Interior y Secretario de Estado de Seguridad.
- También órganos directivos de Interior con esa condición.
- Delegados del Gobierno, Subdelegados en las provincias y Directores Insulares.
- Autoridades autonómicas con competencias y policía propia.
En el examen de Guardia Civil
De las 27 preguntas de la LO 4/2015 en los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025, 2 salen de este artículo: en 2024 (2).
Las de 2021 a 2024 se hacen en los exámenes oficiales completos de la app (Premium).
Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.
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- Lo citan: artículo 7 (Deber de colaboración).
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Test del tema 13Índice de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.