Artículo 4 de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana: Principios rectores
La actuación en seguridad ciudadana se rige por legalidad, igualdad de trato, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad; la de los agentes, por los principios de la LO 2/1986; la intervención exige una amenaza concreta. Está en Capítulo I. Disposiciones generales.
Texto oficial vigente
1. El ejercicio de las potestades y facultades reconocidas por esta Ley a las administraciones públicas y, específicamente, a las autoridades y demás órganos competentes en materia de seguridad ciudadana y a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se regirá por los principios de legalidad, igualdad de trato y no discriminación, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad, y se someterá al control administrativo y jurisdiccional.
En particular, las disposiciones de los capítulos III y V deberán interpretarse y aplicarse del modo más favorable a la plena efectividad de los derechos fundamentales y libertades públicas, singularmente de los derechos de reunión y manifestación, las libertades de expresión e información, la libertad sindical y el derecho de huelga.
2. En particular, la actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad está sujeta a los principios básicos de actuación regulados en el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
3. La actividad de intervención se justifica por la existencia de una amenaza concreta o de un comportamiento objetivamente peligroso que, razonablemente, sea susceptible de provocar un perjuicio real para la seguridad ciudadana y, en concreto, atentar contra los derechos y libertades individuales y colectivos o alterar el normal funcionamiento de las instituciones públicas. Las concretas intervenciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana se realizarán conforme a lo dispuesto en el capítulo III de esta Ley.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 19/12/2025.
Qué significa
El apartado 1 fija los principios que rigen las potestades de la ley: legalidad, igualdad de trato y no discriminación, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad, con sometimiento al control administrativo y jurisdiccional. Añade una regla de interpretación: los capítulos III (actuaciones) y V (sanciones) se interpretarán del modo más favorable a la plena efectividad de los derechos fundamentales, en especial los de reunión y manifestación, las libertades de expresión e información, la libertad sindical y la huelga.
El apartado 2 remite, para los agentes, a los principios básicos de actuación del artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: adecuación al ordenamiento, relaciones con la comunidad, tratamiento de detenidos, dedicación, secreto y responsabilidad.
El apartado 3 justifica la intervención: solo procede ante una amenaza concreta o un comportamiento objetivamente peligroso que, razonablemente, pueda provocar un perjuicio real para la seguridad ciudadana, atentando contra derechos y libertades o alterando el normal funcionamiento de las instituciones. No basta una sospecha genérica. Las intervenciones concretas se realizan conforme al capítulo III.
Lo que tienes que saber
- Principios: legalidad, igualdad de trato y no discriminación, oportunidad, proporcionalidad, eficacia, eficiencia y responsabilidad.
- Capítulos III y V: interpretación más favorable a los derechos fundamentales.
- Los agentes se sujetan a los principios básicos del artículo 5 de la LO 2/1986.
- La intervención exige una amenaza concreta o un comportamiento objetivamente peligroso.
En el examen de Guardia Civil
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Entra en el tema 13 del temario (Seguridad ciudadana y seguridad privada). Qué cae del tema 13 en el examen · las preguntas de la LO 4/2015 año a año.
Test del tema 13Índice de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.