Artículo 49 de la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: El Comité de Expertos
Dentro del Consejo de Política de Seguridad funciona un Comité de Expertos de ocho miembros, cuatro del Estado y cuatro de las Comunidades, que asesora técnicamente y prepara los asuntos del Pleno. Está en Título IV. De la colaboración y coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas · Capítulo III. De los órganos de coordinación.
Texto oficial vigente
1. Dentro del Consejo de Política de Seguridad funcionará un Comité de Expertos integrado por ocho representantes, cuatro del Estado y cuatro de las Comunidades Autónomas, designados estos últimos anualmente por los miembros del Consejo de Política de Seguridad que representen a las Comunidades Autónomas. Dicho Comité tendrá la misión de asesorar técnicamente a aquél y preparar los asuntos que posteriormente vayan a ser debatidos en el Pleno del mismo y con carácter específico:
– Elaborar y proponer fórmulas de coordinación.
– Preparar acuerdos de cooperación.
– Proponer programas de formación y perfeccionamiento de las Policías.
– Elaborar planes de actuación conjunta.
2. El Reglamento de régimen interior del Consejo de Política de Seguridad determinará las normas de composición y funcionamiento del Comité de Expertos.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 17/12/2025.
Qué significa
El artículo 49 crea, dentro del Consejo de Política de Seguridad, un Comité de Expertos. Está integrado por ocho representantes: cuatro del Estado y cuatro de las Comunidades Autónomas. Los cuatro autonómicos los designan anualmente los miembros del Consejo que representan a las comunidades.
Su misión es asesorar técnicamente al Consejo y preparar los asuntos que luego se debaten en el Pleno. Además tiene cuatro tareas específicas: elaborar y proponer fórmulas de coordinación, preparar acuerdos de cooperación, proponer programas de formación y perfeccionamiento de las policías y elaborar planes de actuación conjunta.
El apartado 2 remite al Reglamento de régimen interior del Consejo las normas de composición y funcionamiento del Comité. En el examen las preguntas son de cifras: ocho miembros, cuatro y cuatro, y designación anual de los autonómicos. No lo confundas con las Juntas de Seguridad del artículo 50, que también son paritarias pero funcionan en cada comunidad con policía propia, no dentro del Consejo.
Lo que tienes que saber
- Funciona dentro del Consejo de Política de Seguridad.
- Ocho representantes: cuatro del Estado y cuatro de las Comunidades Autónomas.
- Los autonómicos se designan anualmente.
- Asesora técnicamente al Consejo y prepara los asuntos del Pleno.
- Propone fórmulas de coordinación, acuerdos, programas de formación y planes de actuación conjunta.
En el examen de Guardia Civil
En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la LO 2/1986 han caído 17 en total.
Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.
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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.