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Artículo 11 de la Constitución Española: La nacionalidad española

La nacionalidad se adquiere, conserva y pierde según la ley; ningún español de origen puede ser privado de ella; caben tratados de doble nacionalidad con países iberoamericanos y vinculados. Está en Título I. De los derechos y deberes fundamentales · Capítulo primero. De los españoles y los extranjeros.

Texto oficial vigente

1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.

2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.

3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.

Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 20/5/2026.

Qué significa

La Constitución no regula en detalle la nacionalidad: el apartado 1 remite a la ley (el Código Civil) para decir cómo se adquiere, se conserva y se pierde. Pero sí fija una garantía que la ley no puede tocar: ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.

Fíjate en la expresión «privado». Lo que se prohíbe es que el Estado quite la nacionalidad a un español de origen como castigo o decisión unilateral; la ley sí puede regular supuestos de pérdida, por ejemplo por voluntad del interesado. La garantía protege a los españoles de origen, no a quienes adquirieron la nacionalidad después.

El apartado 3 permite al Estado concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con los que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. Y añade algo llamativo: en esos países los españoles pueden naturalizarse sin perder su nacionalidad de origen aunque esos países no reconozcan un derecho recíproco a sus ciudadanos.

Lo que tienes que saber

En el examen de Guardia Civil

En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la Constitución han caído 70 en total.

Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.

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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.