Libro II. Delitos y sus penas › Título XXI. Delitos contra la Constitución › Capítulo V. De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales › Sección 3. ª De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra otros derechos individuales · Texto consolidado del BOE, actualizado a 09/04/2026
Artículo 538.
La autoridad o funcionario público que establezca la censura previa o, fuera de los casos permitidos por la Constitución y las Leyes, recoja ediciones de libros o periódicos o suspenda su publicación o la difusión de cualquier emisión radiotelevisiva, incurrirá en la pena de inhabilitación absoluta de seis a diez años.
Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 09/04/2026.
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