Artículo 8 de la Ley Orgánica 6/1984 de Habeas Corpus: Resoluciones del juez
Por auto motivado el juez archiva si la detención es legal o, si hay detención ilegal, acuerda la libertad, que siga la privación en otro lugar o con otros custodios, o la inmediata puesta a disposición judicial.
Texto oficial vigente
Practicadas las actuaciones a que se refiere el artículo anterior, el Juez, mediante auto motivado, adoptará seguidamente alguna de estas resoluciones:
1. Si estima que no se da ninguna de las circunstancias a que se refiere el artículo primero de esta ley, acordará el archivo de las actuaciones, declarando ser conforme a Derecho la privación de libertad y las circunstancias en que se está realizando.
2. Si estima que concurren alguna de las circunstancias del artículo primero de esta ley, se acordará en el acto alguna de las siguientes medidas:
a) La puesta en libertad del privado de ésta, si lo fue ilegalmente.
b) Que continúe la situación de privación de libertad de acuerdo con las disposiciones legales aplicables al caso, pero, si lo considerase necesario, en establecimiento distinto, o bajo la custodia de personas distintas a las que hasta entonces la detentaban.
c) Que la persona privada de libertad sea puesta inmediatamente a disposición judicial, si ya hubiese transcurrido el plazo legalmente establecido para su detención.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 16/12/2025.
Qué significa
Practicadas las actuaciones del artículo 7, el juez resuelve mediante auto motivado. Hay dos caminos. Si estima que no concurre ninguna de las circunstancias del artículo 1, acuerda el archivo de las actuaciones y declara conforme a Derecho la privación de libertad y las circunstancias en que se realiza.
Si estima que concurre alguna de esas circunstancias, acuerda en el acto una de estas tres medidas: la puesta en libertad, si la detención fue ilegal; que continúe la privación de libertad conforme a las disposiciones legales, pero, si lo considera necesario, en un establecimiento distinto o bajo la custodia de personas distintas, o que la persona sea puesta inmediatamente a disposición judicial, si ya había transcurrido el plazo legal de la detención.
La segunda medida es la que más confusión genera: el habeas corpus no siempre termina con la libertad. Si la detención es legal pero se está realizando en malas condiciones, el juez puede mantenerla y cambiar el lugar o los custodios. Es la universalidad de la exposición de motivos aplicada a la decisión final.
Lo que tienes que saber
- El Juez resuelve mediante auto motivado.
- Si la detención es legal: archivo, declarándola conforme a Derecho.
- Si es ilegal: puesta en libertad.
- O que continúe en establecimiento distinto o bajo custodia de personas distintas.
- O la inmediata puesta a disposición judicial si ya transcurrió el plazo legal.
En el examen de Guardia Civil
De las 10 preguntas de la LO 6/1984 en los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025, 1 sale de este artículo: la del examen de 2022.
Las de 2021 a 2024 se hacen en los exámenes oficiales completos de la app (Premium).
Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.
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Test del tema 9Índice de la Ley Orgánica 6/1984 de Habeas Corpus
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.