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Artículo 166 de la Constitución Española: Iniciativa de reforma constitucional

La iniciativa de reforma constitucional se ejerce en los términos de los apartados 1 y 2 del artículo 87: Gobierno, Congreso, Senado y Asambleas de las Comunidades Autónomas. Está en Título X. De la reforma constitucional.

Texto oficial vigente

La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87.

Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 20/5/2026.

Qué significa

El artículo 166 abre el Título X remitiendo a otro artículo: la iniciativa de reforma constitucional se ejerce en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87. Eso significa que pueden proponer una reforma el Gobierno, el Congreso y el Senado (apartado 1), y las Asambleas de las Comunidades Autónomas, solicitando al Gobierno un proyecto o remitiendo una proposición a la Mesa del Congreso (apartado 2).

Lo importante es lo que queda fuera: el apartado 3 del artículo 87, que regula la iniciativa legislativa popular (500.000 firmas). La remisión del artículo 166 es solo a los apartados 1 y 2, así que los ciudadanos no pueden promover directamente una reforma de la Constitución mediante la recogida de firmas.

Es la típica pregunta de examen: quién no tiene iniciativa de reforma constitucional. La respuesta es la iniciativa popular. Una vez presentada, la reforma sigue el procedimiento ordinario del artículo 167 o el agravado del 168, según las partes de la Constitución que afecte, y nunca puede iniciarse en tiempo de guerra ni bajo los estados del artículo 116 (artículo 169).

Lo que tienes que saber

En el examen de Guardia Civil

En los 10 exámenes oficiales de 2021 a 2025 no hemos encontrado ninguna pregunta que salga de este artículo; de la Constitución han caído 70 en total.

Contamos las preguntas cuyo enunciado o respuestas reproducen el texto de este artículo, revisadas a mano; alguna que lo pregunte con otras palabras puede no estar.

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Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.