Artículo 166 de la Constitución Española: Iniciativa de reforma constitucional
La iniciativa de reforma constitucional se ejerce en los términos de los apartados 1 y 2 del artículo 87: Gobierno, Congreso, Senado y Asambleas de las Comunidades Autónomas. Está en Título X. De la reforma constitucional.
Texto oficial vigente
La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87.
Fuente: BOE, texto consolidado, actualizado el 20/5/2026.
Qué significa
El artículo 166 abre el Título X remitiendo a otro artículo: la iniciativa de reforma constitucional se ejerce en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87. Eso significa que pueden proponer una reforma el Gobierno, el Congreso y el Senado (apartado 1), y las Asambleas de las Comunidades Autónomas, solicitando al Gobierno un proyecto o remitiendo una proposición a la Mesa del Congreso (apartado 2).
Lo importante es lo que queda fuera: el apartado 3 del artículo 87, que regula la iniciativa legislativa popular (500.000 firmas). La remisión del artículo 166 es solo a los apartados 1 y 2, así que los ciudadanos no pueden promover directamente una reforma de la Constitución mediante la recogida de firmas.
Es la típica pregunta de examen: quién no tiene iniciativa de reforma constitucional. La respuesta es la iniciativa popular. Una vez presentada, la reforma sigue el procedimiento ordinario del artículo 167 o el agravado del 168, según las partes de la Constitución que afecte, y nunca puede iniciarse en tiempo de guerra ni bajo los estados del artículo 116 (artículo 169).
Lo que tienes que saber
- La iniciativa se ejerce en los términos de los apartados 1 y 2 del artículo 87.
- Pueden ejercerla el Gobierno, el Congreso, el Senado y las Asambleas autonómicas.
- No cabe la iniciativa popular (artículo 87.3).
En el examen de Guardia Civil
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Test del tema 4Índice de la Constitución Española · Título X. De la reforma constitucional
Texto oficial: BOE, texto consolidado. La explicación es de GuardiaOpo, una web privada de estudio, no oficial: lo que vale es el BOE.