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Artículo 16 del Real Decreto 130/2017: Solicitudes de catalogación de explosivos

Título I. Ordenación preliminar › Capítulo III. Catalogación · Texto consolidado del BOE, actualizado a 19/12/2025

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2017-2313)

Artículo 16. Solicitudes de catalogación de explosivos.

Las solicitudes de catalogación, redactadas al menos en castellano, se dirigirán a la Dirección General de Política Energética y Minas, acompañando lo dispuesto en la ITC número 4.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 19/12/2025.

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