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Artículo 13 de la Ley Orgánica 4/2000: Derechos en materia de vivienda

Título I. Derechos y libertades de los extranjeros › Capítulo I. Derechos y libertades de los extranjeros · Texto consolidado del BOE, actualizado a 03/07/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2000-544)

Artículo 13. Derechos en materia de vivienda.

Los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a los sistemas públicos de ayudas en materia de vivienda en los términos que establezcan las leyes y las Administraciones competentes. En todo caso, los extranjeros residentes de larga duración tienen derecho a dichas ayudas en las mismas condiciones que los españoles.

Se modifica por el art. único.15 de la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre. .

Se modifica por el artículo 1.10 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. .

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 03/07/2026. Las 2 notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo.

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