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Artículo 49 de la Ley 42/2007: Cambio de categoría

Título II. Catalogación, conservación y restauración de hábitats y espacios del patrimonio natural › Capítulo IV. Otras figuras de protección de espacios · Texto consolidado del BOE, actualizado a 13/03/2026

📄 Ver el documento original ↗ en el BOE (BOE-A-2007-21490)

Artículo 49. Cambio de categoría.

La descatalogación total o parcial de un espacio incluido en Red Natura 2000 solo podrá proponerse cuando así lo justifiquen los cambios provocados en el mismo por la evolución natural, científicamente demostrada, reflejados en los resultados del seguimiento definido en el artículo anterior.

En todo caso, el procedimiento incorporará un trámite de información pública, previo a la remisión de la propuesta a la Comisión Europea.

Se modifica por el art. único.35 de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre. #aunico.

Su anterior numeración era art. 48.

Texto consolidado. Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Actualizado a 13/03/2026. Las 2 notas en gris dicen qué norma cambió el artículo y cuándo.

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